Beneficio reembolso remanente crédito fiscal IVA
3 agosto, 2021¿En qué consiste?
- Es un bono, otorgado por sólo una vez, para Personas Naturales y Jurídicas que cumplen las condiciones establecidas.
- El monto corresponde a tres veces el IVA promedio declarado en 2019, con un tope de $2 millones.
- Se incrementa automáticamente en un 20%, si la persona natural o titular de la EIRL* tiene sexo registral femenino.
REQUISITOS
- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría y afecto a IVA al 31 de marzo de 2020.
- Tener Ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250* en el año 2020.
- Cumplir una de las siguientes condiciones:
- Tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos entre enero de 2020 y abril de 2021, o
- Tener al menos un trabajador contratado el año 2020.
- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- No desempeñar actividades financieras o de seguros.
- Quienes obtuvieron el Bono Alivio Mypes, y adeudaban cotizaciones, tienen que haber destinado al menos el 30% del monto del bono al pago de dicha deuda, o el monto que corresponda si la deuda era menor.