Beneficio reembolso remanente crédito fiscal IVA

BONO ADICIONAL MYPES
18 agosto, 2021
BONO ADICIONAL MYPES
18 agosto, 2021

Este beneficio está orientado a las empresas acogidas a los regímenes tributarios Propyme y Propyme Transparente (Art. 14 Ltra D de la LIR), su plazo es hasta el 30 de septiembre y sus requisitos son:

  1. Que hayan generado remanente del crédito fiscal entre el 1º de marzo del 2020 hasta el 31 de mayo del 2021.
  2. Si ha obtenido ingresos por ventas o servicios, en a lo menos dos meses, continuos o discontinuos, entre el 1º de enero del 2020 y 31 de mayo del 2021.
  3. Tener un remanente a favor en el periodo tributario de junio 2021.
  4. La declaración mensual del formulario 29 del mes en que se solicita el beneficio, debe estar presentada.
  5. No deben tener declaraciones mensuales o anuales pendientes de declaración.
  6. No deben presentar deudas atrasadas con TGR (Tesorería General de la República). salvo que se encuentren en convenio vigente.