BONO ADICIONAL MYPES
18 agosto, 2021Este beneficio está orientado a las empresas acogidas a los regímenes tributarios Propyme y Propyme Transparente (Art. 14 Ltra D de la LIR), su plazo es hasta el 30 de septiembre y sus requisitos son:
- Que hayan generado remanente del crédito fiscal entre el 1º de marzo del 2020 hasta el 31 de mayo del 2021.
- Si ha obtenido ingresos por ventas o servicios, en a lo menos dos meses, continuos o discontinuos, entre el 1º de enero del 2020 y 31 de mayo del 2021.
- Tener un remanente a favor en el periodo tributario de junio 2021.
- La declaración mensual del formulario 29 del mes en que se solicita el beneficio, debe estar presentada.
- No deben tener declaraciones mensuales o anuales pendientes de declaración.
- No deben presentar deudas atrasadas con TGR (Tesorería General de la República). salvo que se encuentren en convenio vigente.